¿EL SÍNDICO, INDEFECTIBLEMENTE TIENE QUE SER UN CONTADOR PÚBLICO?

dc.contributor.authorLESCANO, JOSE LUIS
dc.date.accessioned2024-09-11T16:23:02Z
dc.date.issued2023-03-13
dc.description.abstractEl presente trabajo es un estudio de la situación del contador como sindico en el régimen concursal argentino y la comparación/relación del mismo con el profesional abogado respecto a su rol en un concurso y quiebra. Se expone los conocimientos generales de la legislación y el proceso concursal tanto las características del mismo como en la quiebra, además realiza un análisis de los informes que debe presentar el síndico en dicho proceso los cuales son seis y para llegar a estos últimos el contador debe trabajar sobre los estados contables básicos que son necesarios para asistir al juez, sobre los cuales se incorpora una pequeña reseña de los mismos, en sus análisis y alcance. Luego se explana la incumbencia del abogado en el proceso concursal en base a proyecto de ley para que los letrados puedan ser síndicos, también para que el síndico sea patrocinado por un abogado y las tareas de este último que son necesarias. Finalmente se presenta una entrevista realizada al Doctor Pablo Frick por su perfil profesional y didáctica el cual es profesor de derecho concursal, posee posgrado y doctorado sobre la materia.es_ES
dc.identifier.urihttps://ridunt.unt.edu.ar/handle/123456789/733
dc.language.isoeses_ES
dc.relation.ispartofseriesS4-01-2023;
dc.subjectConcurso y Práctica Judiciales_ES
dc.title¿EL SÍNDICO, INDEFECTIBLEMENTE TIENE QUE SER UN CONTADOR PÚBLICO?es_ES
dc.typeThesises_ES

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